OBRA NUEVA.
1.- P: Está inscrita una escritura de obra nueva y constitución del régimen de propiedad horizontal. Posteriormente se presentan las ventas y luego el acta de entrega del dinero de la hipoteca y el acta de finalización de la obra que son de fecha anterior a las ventas.
¿Son inscribibles las indicadas actas sin consentimiento expreso de los compradores?.
R: Sí, porque no se trata de títulos realmente incompatibles y, además, en las ventas constarán los pisos y demás elementos como terminados y, en los supuestos de subrogación en la hipoteca por el comprador, que son los únicos afectados por el acta de entrega, la propia subrogación implica el reconocimiento de la entrega del dinero.